Revista Digital – Información de Mercados – Compra Pública Latam
Se aprobó el nuevo decreto reglamentario del Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) e incorporar cambios en distintas áreas.
Por Decreto del Poder Ejecutivo N° 202/024 de 10 de julio de 2024, se sustituyó el Decreto N° 155/013 de 21 de mayo de 2013 reglamentario de su funcionamiento.
Los aspectos más significativos de esta actualización normativa refieren a:
- Desempeño del proveedor: se regulan los antecedentes que el proveedor registra en RUPE, disponiéndose criterios para su consideración en futuras contrataciones, así como la potestad de que ARCE elabore pautas técnicas para la imposición de sanciones por parte de las Administraciones Públicas Estatales en los procedimientos de contratación por ellas convocados.
- Excepciones a la inscripción en el registro: se dispone un nuevo régimen de excepciones a la inscripción en RUPE, atendiendo al monto de las contrataciones así como a otras circunstancias que lo ameritan.
- Funcionamiento y madurez del registro: en el marco del funcionamiento del registro se identificaron múltiples mejoras funcionales que se impactaron en la reglamentación, entre ellas, la previsión de incorporar la firma electrónica avanzada en RUPE, posibilitando otras alternativas de inscripción en el mismo.
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Fuente: www.gub.uy