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REVISTA DIGITAL
Un convenio marco que tendrá una cantidad de productos limitados, con proveedores adjudicados por macrozonas, con plazos de entregas acotados y sin la posibilidad de subir nuevos productos para ampliar la parrilla de artículos en un futuro.
En esta nueva edición correspondiente al mes de Septiembre, realizaremos el análisis de la operación que presenta el nuevo Convenio Marco de Insumos y Dispositivos Médicos y las nuevas reglas de funcionamiento en comparación con el convenio vigente.
El día 16 de Agosto se levantó el nuevo Convenio Marco de Insumos Médicos que tiene por objetivo mejorar la calidad de los productos y optimizar los plazos de entrega, sin embargo, también incorpora factores como: la cantidad de oferentes que ingresaran al convenio marco y la variedad de productos, ya que se levantó con una matriz de productos y dentro de su funcionamiento no considera la incorporación de productos nuevos.
Para entender la lógica del nuevo convenio y sus productos, debemos analizar la estrategia de compra en salud con la modernización de la Ley de Compras Públicas N° 19.886, la que se está impulsando por parte del Gobierno y que utiliza diversas modalidades de adquisición, a través de las cuales se irán transando los distintos tipos de producto. Es por este motivo que el nuevo convenio de insumos médicos no considera productos fundamentales como los de órtesis y prótesis, ya que estos han sido considerados productos de menor estandarización y en consecuencia utilizarán procedimientos de compra distintos para su adquisición.
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Cuadro: estrategia de compra en Salud, fuente Chilecompra.cl
Luego de analizar el cuadro, podemos observar que el convenio marco “Órtesis, Prótesis, Endoprótesis e Insumos de Salud” que se encuentra en funcionamiento actualmente, se separará para dar paso a distintas modalidades de compras como son: compras coordinadas, Convenio Marco, Compra Ágil, Licitaciones, Bases tipo y Tratos directos; y cada tipo de producto fue a su vez dividido para ser adquirido por una modalidad distinta.
Esta nueva estructura plantea una lógica distinta respecto del Convenio Marco Vigente, ya que en el convenio actual mantiene todos los tipos de producto, los cuales se ingresan a carro de compra y se adquiere, pero en un futuro, se deberá recurrir a un proceso de licitacion o de bases tipo que tomarán mayores tiempos para obtener los productos, o utilizar la modalidad de compra ágil, que si bien es bastante rápida, tiene como tope de adquisición 30 UTM por lo que aplican para productos de bajo valor.
La matriz de productos del nuevo Convenio Marco sale al proceso de postulación con 58 tipos de productos y 550 variados modelos de productos, una matriz más pequeña de artículos en relación al convenio actual y que se ve reflejado en las 1.383 preguntas que levantaron los diversos proveedores del rubro en el foro de la licitación, donde la gran mayoría consulta por los productos que quedaron fuera del convenio marco.
Analizando las nuevas reglas que tiene el Convenio Marco vs el anterior, nos encontramos con varias que dificultarán el funcionamiento de los proveedores:
- En primer lugar, la adjudicación del nuevo Convenio se plantea por Subcategorias en algunos casos será a los 3 mejores lugares, por lo que el mercado de empresas oferentes de dicha subcategoría será a un numero muy reducido de proveedores.
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2. En el caso de la clausula de incorporación de productos, el nuevo Convenio No considera dicha instancia, situación que no permite a los oferentes ir actualizando el catálogo con nuevos productos.
3. Adicionalmente la adjudicación será por macrozonas, por lo que proveedores de regiones se verán en la obligación de despachar a regiones lejanas; un ejemplo es un proveedor de Valparaíso que deberá cubrir desde la IV región a la VII región.
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4. Los plazos de entrega máximos vienen ya definidos por las macrozonas por lo que la logística del convenio será clave para no incurrir en multas o sanciones.
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5. Los proveedores se podrán colgar de productos ya catalogados, cumpliendo la regla de ser a un precio menor al precio promedio en tienda, pero siempre y cuando tenga adjudicada esa sub-categoría y la Macrozona.
6. La dispersión máxima de precio será de un 25% entre el precio mínimo y el máximo.
7. La DCCP podrá solicitar a los proveedores adjudicados que cada 6 meses acrediten la representación de las marcas de los productos que se encuentren comercializando en el catálogo, con el fin de corroborar que dicho vínculo se mantenga. Si los mencionados antecedentes no fuesen entregados en el plazo de 10 días hábiles o en el caso de que la información fuese parcialmente entregada o con documentos derechamente falsos, se aplicará el término anticipado para el respectivo proveedor.
Todas las condiciones presentadas anteriormente y que son exigencias de la DCCP para el funcionamiento del nuevo Convenio Marco, disminuye el espacio de participación de empresas de menos tamaño y Pymes que no pueden pelear precios ni cubrir grandes regiones en sus despachos, por lo que a las pequeñas empresas solo les quedaría el mercado de la compra ágil que considera solo adquisiciones con un tope de 30 UTM.
Esperamos que este pequeño análisis del nuevo funcionamiento de los convenios marcos les entregue antecedentes que les permita revisar la forma de enfrentar las compras públicas, y que se puedan preparar para competir en los procesos licitatorios de mejor manera.
En este sentido CGCE, Consultora experta en asesoría en los distintos procesos de adquisición a través de la plataforma de Mercado Público, con sus distintos procedimientos tales como: licitaciones públicas, Licitación Privada, tratos directo, Compra Ágil, entre otros, contamos con un equipo preparado para acompañar a las empresas interesadas en participar en B2G.
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