La nueva normativa establece que las empresas de telecomunicaciones serán responsables de la instalación, identificación, modificación, mantención, ordenación, traslado y retiro de sus cables aéreos o subterráneos.
Si los operadores no proceden al retiro requerido dentro de plazo, los municipios podrán retirar los escombros aéreos a costa de los mismos de acuerdo al procedimiento que se establezca. Además, el incumplimiento de esta obligación será sancionado con una multa a beneficio municipal de hasta unos $50 millones.
Esta nueva normativa establece que las concesionarias y permisionarias serán responsables de la instalación, identificación, modificación, mantención, ordenación, traslado y retiro de sus cables aéreos o subterráneos.
En este sentido, la iniciativa define que la empresa de energía eléctrica, de telecomunicaciones o entidad propietaria del poste o ducto donde se encuentre instalado el elemento en desuso o que requiera ser intervenido brindará a la concesionaria o permisionaria el apoyo técnico y operacional necesario. De esta manera, la coordinación entre los distintos actores resulta fundamental para el retiro seguro de dicho cableado y sin afectar a los servicios de los usuarios.